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Algunos Ejemplos

Todos los pasos a seguir están regulados por los Reales Decretos 2818/1998, 1663/2000 y 436/2004.

El usuario, o vendedor de la energía a la compañía eléctrica, tiene una serie de obligaciones:

1.- Darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, en el epígrafe 151.4, del municipio donde se ubique la instalación. Actualmente, las cuotas municipales del I.A.E. han sido anuladas por lo que no conlleva ningún gasto.

2.- Inscribirse en el R.E.P.E. (Régimen Especial de Productores Eléctricos), esto es un registro autonómico de las instalaciones que operan en cada región.

3.- Realizar las declaraciones trimestrales y anuales del I.V.A... Además de las obligaciones tributarias que conllevan los ingresos obtenidos por la producción de la instalación.

Las instalaciones con una potencia mayor de 5kW en convertidores se deben realizar en trifásica y las de potencia superior a 10kW necesitan la elaboración de un proyecto visado por un técnico competente.

Además de los factores de espacio, orientación, sombras, etc., que son comunes para cualquier tamaño de instalación, para las instalaciones de una potencia superior a 30kW será necesario un pequeño estudio previo para confirmar la viabilidad técnica del proyecto, dependiendo de la capacidad de la acometida de la compañía eléctrica en el lugar exacto de la ubicación o de la distancia hasta la red de distribución con capacidad suficiente más cercana.
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